Una sentencia amplía el derecho a elegir el horario laboral para poder conciliar
La sentencia "reafirma y amplía" otro derecho legal recientemente consagrado por la vigente Ley de Igualdad en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, hasta ahora limitado a la negociación colectiva o a un acuerdo con la empresa. 21-07-2008 - Una sentencia de un juzgado de Santander, promovida por una demanda de la asesoría jurídica de UGT, ha reconocido el derecho de una trabajadora de la limpieza de Castro Urdiales a fijar el horario de su jornada laboral por conciliación de su vida laboral y familiar sin tener que reducirla y aunque nada se disponga al respecto en el convenio colectivo de su sector ni en un acuerdo específico con su empresa. Según precisa el departamento de la Mujer de UGT en Cantabria, sindicato cuya asesoría jurídica ha promovido la demanda, la sentencia, contra la que no cabe interponer recurso según la magistrada encargada del caso, amplía el derecho estipulado por el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, a que un trabajador o tr...